PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO, 25 DE MARZO DE 2010. PRESENTACIÓN DE LA INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 12, 13, 29 Y 35 DE LA LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO, A CARGO DE LA DIPUTADA MARÍA DEL PILAR TORRE CANALES.
La evidencia epidemiológica en el ámbito mundial, es ilustrativa de lo que está ocurriendo con esta pandemia. Datos de la Organización Mundial de la Salud señalan que del total de la población mundial, 30 por ciento de los adultos son fumadores y de éstos, cuatro millones fallecen al año, lo que equivale a la muerte de casi 11 mil personas diarias por causas relacionadas con este producto. En México, más de 53 mil personas fumadoras mueren al año por enfermedades asociadas al tabaquismo, lo que significa al menos 147 defunciones diarias, una cada 10 minutos. Importante es mencionar que tanto los fumadores como los no fumadores, deben contar con información que permita proteger su salud al no exponerse a las más de cuatro mil sustancias que producen el cigarro y otros productos del tabaco durante su combustión, tales como: la nicotina, el alquitrán, plomo, polonio 210, amoníaco, benceno, tolueno, talio, cadmio, cianuro, monóxido de carbono, arsénico, residuos de diversos pesticidas y otras sustancias oxidantes de las cuales se sabe que, al menos 40, tienen efectos cancerígenos. Considerando que el uso de los productos de tabaco constituye uno de los problemas más importantes de salud pública y mortales; que el humo de los productos de tabaco es una grave amenaza para la salud de los no fumadores expuestos a este humo; que la mayoría de los fumadores comienzan a fumar a una edad muy temprana, que no son conscientes del grado y la naturaleza del daño causado por los productos de tabaco, y que debido a las propiedades adictivas de la nicotina son a menudo incapaces de dejar de fumar aun cuando estén sumamente motivados a hacerlo; que se ha comprobado que la comercialización de los productos de tabaco, mediante el diseño, la promoción, el envasado, la fijación de precios y la distribución de productos contribuye a la demanda de productos de tabaco; que el cultivo de tabaco es uno de los productos agrícolas no alimenticios del mundo, es que he decidido presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 12, 13, 29 Y 35 de la Ley General para el Control del Tabaco. Estas modificaciones tienen diferentes causas, de las cuales, primero busco: Que las empresas que pasen nuevos productos de tabaco al mercado, cambien su composición, deban contar con la aprobación previa de la Secretaria de Salud para validar el producto y para poder sacarlo a la venta. También, que se elabore un estudio anual que especifique, de manera clara, la lista total de ingredientes y sus consecuencias en la salud, esto, marca por marca y sub marcas y que además sea publicado en el Diario Oficial de la Federación y en la Revista del Consumidor. Por otro lado, que se proporcione el porcentaje de la utilización del tabaco nacional, así como del que proviene del extranjero para la producción del cigarro. Y por último, que en los espacios libres de tabaco se vea la siguiente leyenda: “Respire con tranquilidad, este espacio es libre de tabaco”. Solicitando a esta Presidencia sea publicada íntegramente en el diario de los debates, es cuanto. Por su atención, gracias.
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