PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO, 09 DE ABRIL DE 2010. URGENTE REGULAR LA PUBLICIDAD DE BEBIDAS ENERGIZANTES Y PROHIBIR SU VENTA A MENORES DE EDAD.
Bajo el argumento de que es responsabilidad del Estado velar por la integridad de sus ciudadanos y que esto incluye la protección de su salud, la diputada del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, María del Pilar Torre Canales y los legisladores Alfonso Navarrete Prida (PRI) y Heladio Gerardo Verver (PRD) impulsan iniciativa que busca regular la venta, publicidad y formas de consumo de las bebidas conocidas como energizantes. Esta iniciativa que modifica diversos artículos de la Ley General de Salud tiene como objetivo, evitar que este tipo de productos sean vendidos a menores de edad y que la publicidad de las mismas se sujete a criterios similares a los establecidos para las bebidas alcohólicas, entre otros puntos. En la fundamentación de la iniciativa, que encabeza la legisladora de Nueva Alianza y también Secretaria de la Comisión de Salud, se establece que las bebidas energéticas adicionadas con cafeína se han convertido en un problema de salud nacional y que su consumo ha cambiado de ser ocasional a cotidiano, debido a la sensación de vigor y satisfacción que producen en los consumidores, sobre todo jóvenes. Asimismo, se destaca que desde hace más de 20 años las bebidas energéticas adicionadas con cafeína se han comercializado en más de 120 países, y que recientemente, de acuerdo a la publicidad, el uso de este tipo de productos se relaciona al consumo de noche y para diversión, sin embargo se omite decir que el excesivo consumo del mismo puede llevar a una sobredosis que produce taquicardia, temblores, insomnio, náuseas, diarrea, alucinaciones y vómito, entre otros síntomas. Además, las bebidas energéticas adicionadas con cafeína son utilizadas como acompañantes de alcohol, pues se cree que retardan el estado de embriaguez, ya que la cafeína ayuda a demorar el cansancio y el sueño, sin embargo, cuando el efecto pasa, se presentan una serie de reacciones como: delirio, desorientación, excitación, taquicardias y convulsiones, por lo que debe quedar claro en la ley que estos productos no son hidratantes, pues, al igual que el alcohol, son bebidas diuréticas que promueven la pérdida de fluidos en el cuerpo. Se estima que a nivel internacional, en 2008 las bebidas energéticas adicionadas con cafeína tuvieron un consumo aproximado de tres mil 900 millones de litros, frente a los dos mil millones vendidos en 2003. Por todo lo anterior, asegura la diputada Torre Canales, es urgente hacer una regulación precisa en torno a quienes pueden adquirir este tipo de productos, ya que las bebidas energéticas adicionadas con cafeína no deben ser consumidas por menores de edad ni deben ser combinadas con alcohol. Derivado de lo anterior, la iniciativa –a la cual se adhirieron otros legisladores- propone reformar los artículos 218, 220, 286, 301, 309 y 464 y el Capítulo III Título Décimo Segundo y se adicionan los artículos 217 Bis y 220 Bis de la Ley General de Salud. En concreto, con la iniciativa se busca que:
Será objeto de autorización por parte de la Secretaría de Salud, la publicidad que se realice sobre la existencia, calidad y características, así como para promover el uso, venta o consumo en forma directa o indirecta de las bebidas energéticas adicionadas con cafeína… -o0o- |